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CONFIRMADO. SE PODRÁ CAZAR EN LOS MUNICIPIOS COLINDANTES A TU LUGAR DE RESIDENCIA
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Ante el Decreto que prohíbe la movilidad fuera del municipio de residencia y los trastornos que este provoca a la caza y los cazadores alaveses. Así como las consecuencias socio económicas que puede producir esta situación, en distintos sectores como el primario o la circulación de vehículos, acotados o permisos emitidos por entidades gestoras de la actividad cinegética.
La Federación Alavesa de Caza ha escrito dos solicitudes a la Federación Vasca de Caza como entidad responsable de las relaciones con el Gobierno Vasco y a la Diputación Foral de Alava como administración que gestiona la actividad cinegética en este territorio, solicitando que se permita la movilidad de cazadores dentro de Euskadi para el ejercicio de la caza, como actividad esencial y socio económica.
Debido a la situación vivida este año por la pandemia de Covid19 y como medida de prevención para evitar contagios, solo podrá acceder a la oficina una persona y deberá entrar con los puestos elegidos previamente para que su estancia sea lo más breve posible.
Para ello se mantendrá el cuadrante constantemente actualizado.
Al entrar es obligatorio lavarse las manos con gel y el uso de mascarilla.
Preferiblemente el pago será realizado mediante tarjeta de crédito.
Dentro de lo oficina como máximo una persona y en el pasillo esperando otra. Resto tendrán que esperar en la zona de la pasarela.
Para la reserva de permisos será imprescindible la presentación de la copia de la solicitud, la licencia de caza en vigor para la temporada 2020/2021 del titular del permiso.
En caso de no ser el propio titular el que reserve los permisos, la persona que le represente, además de lo anterior habrá de presentar un escrito firmado por el interesado en el que haga constar su autorización, con una fotocopia del DNI y la copia del impreso de solicitud.
LISTADO SORTEO PALOMAS (PINCHAR AQUÍ)
LISTADO SORTEO BECADAS (PINCHAR AQUÍ)
Informe de Aran Medioambientales
Principales novedades para la temporada 2020/2021
Orden Foral 224/2020 de 13 de julio
Descargar documentos completos aquí: DOC 1 / DOC 2
Media Veda
Del 15 de agosto al 30 de septiembre de 2020, se podrá practicar durante 12 jornadas cinegéticas consecutivas (días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos).
Cada coto debe elegir el día de comienzo de la media veda y a partir de ese día son 12 jornadas consecutivas, de tal forma que si se elige el día 15 de agosto la temporada de media veda finalizaría el jueves 10 de septiembre.
Cupo de codorniz.
Máximo de 15 codornices por cazador y día *** (ver nota final)
Especies vedadas temporalmente
Tórtola europea, agachadiza chica, porrón europeo, avefría. *** (ver nota final)
Recechos de corzo
Se añade esta temporada la posibilidad de cazar los machos de corzo en rececho durante el mes de septiembre (ademas de octubre, en el cual se pueden cazar machos y hembras).
Residuos cinegéticos
Los restos cinegéticos generados en batidas de caza mayor deberán depositarse
obligatoriamente en los contenedores específicos.
*** La Federación Alavesa de Caza no apoyó la implantación de estas dos medidas en el Consejo de Caza previo a esta Orden de Vedas