CONFIRMADO. SE PODRÁ CAZAR EN LOS MUNICIPIOS COLINDANTES A TU LUGAR DE RESIDENCIA

En relación al Decreto 36/2020 del Gobierno Vasco y la limitaciones a la movilidad que se recogen en el mismo.
Desde ayer, estamos en contacto con la Federación Vasca de Caza, para que solicite al Gobierno Vasco, la consideración de la caza como actividad esencial, a efectos de evitar las limitaciones de desplazamientos entre los tres territorios. Nos han confirmado que están trabajando en ello.
También realizamos la mismas solicitudes y consultas al Servicio de Caza de la Diputación Foral de Alava. Incidiendo en este caso en la movilidad de los cazadores alaveses por toda Alava. Desde la Diputación se nos transmitido que en unos días se aclarará la interpretación del decreto.
La Federación Vasca de Caza nos acaba de confirmar tras consultar con el Gobierno vasco que se podrá cazar en los municipios colindantes al lugar de residencia. Según se escribe en el artículo 14 del Decreto, que se refiere a la actividad deportiva. En el punto 14.1, dice que se suspenden las actividades deportivas en grupos, pero permite la movilidad entre municipios colindantes.

LA FEDERACIÓN ALAVESA DE CAZA SOLICITA LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE CAZADORES EN EUSKADI

Ante el Decreto que prohíbe la movilidad fuera del municipio de residencia y los trastornos que este provoca a la caza y los cazadores alaveses. Así como las consecuencias socio económicas que puede producir esta situación, en distintos sectores como el primario o la circulación de vehículos, acotados o permisos emitidos por entidades gestoras de la actividad cinegética.

La Federación Alavesa de Caza ha escrito dos solicitudes a la Federación Vasca de Caza como entidad responsable de las relaciones con el Gobierno Vasco y a la Diputación Foral de Alava como administración que gestiona la actividad cinegética en este territorio, solicitando que se permita la movilidad de cazadores dentro de Euskadi para el ejercicio de la caza, como actividad esencial y socio económica.

LISTADOS TURNOS DE REPARTO PERMISOS COTO MONTES ALTOS DE DE VITORIA

 

Debido a la situación vivida este año por la pandemia de Covid19 y como medida de prevención para evitar contagios, solo podrá acceder a la oficina una persona y deberá entrar con los puestos elegidos previamente para que su estancia sea lo más breve posible.

Para ello se mantendrá el cuadrante constantemente actualizado.

Al entrar es obligatorio lavarse las manos con gel y el uso de mascarilla.

Preferiblemente el pago será realizado mediante tarjeta de crédito.

Dentro de lo oficina como máximo una persona y en el pasillo esperando otra. Resto tendrán que esperar en la zona de la pasarela.

Para la reserva de permisos será imprescindible la presentación de la copia de la solicitud, la licencia de caza en vigor para la temporada 2020/2021 del titular del permiso.

En caso de no ser el propio titular el que reserve los permisos, la persona que le represente, además de lo anterior habrá de presentar un escrito firmado por el interesado en el que haga constar su autorización, con una fotocopia del DNI y la copia del impreso de solicitud.

LISTADO SORTEO PALOMAS (PINCHAR AQUÍ)

LISTADO SORTEO BECADAS (PINCHAR AQUÍ)

 

Principales novedades Orden de Vedas de Alava 2020

Informe de Aran Medioambientales

Principales novedades para la temporada 2020/2021

Orden Foral 224/2020 de 13 de julio

Descargar documentos completos aquí: DOC 1  DOC 2

Media Veda

Del 15 de agosto al 30 de septiembre de 2020, se podrá practicar durante 12 jornadas cinegéticas consecutivas (días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos).

Cada coto debe elegir el día de comienzo de la media veda y a partir de ese día son 12 jornadas consecutivas, de tal forma que si se elige el día 15 de agosto la temporada de media veda finalizaría el jueves 10 de septiembre.

Cupo de codorniz.

Máximo de 15 codornices por cazador y día *** (ver nota final)

Especies vedadas temporalmente 

Tórtola europea, agachadiza chica, porrón europeo, avefría. *** (ver nota final)

Recechos de corzo

Se añade esta temporada la posibilidad de cazar los machos de corzo en rececho durante el mes de septiembre (ademas de octubre, en el cual se pueden cazar machos y hembras).

Residuos cinegéticos

Los restos cinegéticos generados en batidas de caza mayor deberán depositarse
obligatoriamente en los contenedores específicos.

*** La Federación Alavesa de Caza no apoyó la implantación de estas dos medidas en el Consejo de Caza previo a esta Orden de Vedas